Glosario PLD

Todos los términos clave de la Prevención de Lavado de Dinero y la LFPIORPI explicados de forma clara.

A

Actividad Vulnerable

Actividad económica catalogada en el Artículo 17 de la LFPIORPI que, por su naturaleza, puede ser utilizada para el lavado de dinero. Incluye operaciones inmobiliarias, compraventa de vehículos, joyería, activos virtuales, entre 16 fracciones.

Avisos

Reportes que los sujetos obligados deben presentar ante la SHCP (a más tardar el día 17 del mes siguiente) cuando realizan actividades vulnerables que superan los umbrales establecidos en UMA. Definidos en Art. 3 fracción II.

B

Beneficiario Controlador

Persona física que obtiene el beneficio de una operación o que ejerce el control efectivo de una persona moral. Incluye quien posee 25%+ del capital social o dirige la administración. Equiparable a "beneficiario final" y "propietario real" (Art. 3 fracción III, reforma 2025).

C

CDD (Customer Due Diligence)

Proceso de debida diligencia estándar para verificar la identidad y evaluar el riesgo de clientes o usuarios.

Cliente o Usuaria

Cualquier persona física, moral o fideicomiso que celebre actos u operaciones con quienes realicen Actividades Vulnerables (nueva fracción III Bis, Art. 3, reforma 2025).

Cumplimiento

Conjunto de acciones que una organización implementa para asegurar que cumple con la LFPIORPI, su Reglamento y las Reglas de Carácter General en materia de PLD.

D

Debida Diligencia

Proceso de investigación y verificación de la identidad, actividad económica y origen de recursos de un cliente. Puede ser simplificada, estándar o reforzada (EDD) según el nivel de riesgo.

Desarrollo Inmobiliario

Proyecto para la construcción de inmuebles o fraccionamiento de lotes, destinados a su venta o renta. Nueva definición en fracción IV Bis, Art. 3 (reforma 2025).

E

EDD (Enhanced Due Diligence)

Debida diligencia reforzada aplicada a clientes de alto riesgo, Personas Políticamente Expuestas, o en operaciones inusuales.

Entidades Colegiadas

Personas morales reconocidas por la legislación que pueden presentar Avisos ante la SHCP en representación de sus integrantes (Arts. 26-31 LFPIORPI).

Estructura de Integración

Cuando una persona fracciona operaciones para evadir los umbrales de reporte. Las operaciones acumuladas en 6 meses que superen umbrales generan obligación de Aviso.

G

GAFI (FATF)

Grupo de Acción Financiera Internacional. Organismo intergubernamental que establece los 40+9 estándares globales contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

K

KYC (Know Your Customer)

"Conoce a tu cliente". Proceso fundamental de identificación y verificación de clientes, obligatorio según Art. 18 fracción I de la LFPIORPI.

KYB (Know Your Business)

"Conoce tu negocio". Proceso de verificación de personas morales, sus representantes legales y beneficiarios controladores.

L

Lavado de Dinero

Proceso mediante el cual se oculta el origen ilícito de recursos para darles apariencia de legalidad. Tipificado en el Art. 400 Bis del Código Penal Federal.

LFPIORPI

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Principal marco legal de PLD en México para actividades vulnerables. Publicada DOF 17-10-2012, última reforma 16-07-2025.

O

Operación Inusual

Operación que no concuerda con los antecedentes o perfil transaccional conocido del cliente.

Operación Preocupante

Operación que podría estar vinculada con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. Debe reportarse en 24 horas (Art. 18 fracción VI).

P

PEP (Persona Políticamente Expuesta)

Persona que desempeña o ha desempeñado funciones públicas, nacional o extranjera, así como sus personas relacionadas. Nueva definición en fracción IX Bis, Art. 3 (reforma 2025).

PLD

Prevención de Lavado de Dinero. Conjunto de medidas regulatorias y operativas para detectar y prevenir operaciones con recursos ilícitos.

R

Representante Encargada de Cumplimiento

Persona designada ante la SHCP responsable de cumplir las obligaciones de la LFPIORPI. Debe recibir capacitación anual. Nueva definición en fracción XII Bis, Art. 3 (reforma 2025).

Riesgo

Probabilidad de que las Actividades Vulnerables sean utilizadas para lavado de dinero. Nueva definición formal en fracción XII Ter, Art. 3 (reforma 2025).

ROS (Reporte de Operación Sospechosa)

Reporte que las entidades financieras presentan a la UIF cuando detectan operaciones vinculadas a lavado de dinero.

S

SHCP

Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Autoridad competente para aplicar la LFPIORPI en el ámbito administrativo (Art. 5).

Sujeto Obligado

Persona física o moral que realiza actividades vulnerables y debe cumplir con las obligaciones del Art. 18 de la LFPIORPI.

U

UIF

Unidad de Inteligencia Financiera. Órgano de la SHCP encargado de prevenir y combatir el lavado de dinero en México.

UMA

Unidad de Medida y Actualización. Referencia para calcular los umbrales de la LFPIORPI. Sustituye al salario mínimo desde la reforma 2025 (fracción XIII Bis, Art. 3).

Umbrales

Montos establecidos en el Art. 17 de la LFPIORPI, expresados en veces el valor diario de la UMA, a partir de los cuales se deben identificar operaciones o presentar avisos.